Directorio

viernes, 6 de diciembre de 2024


Este paso a paso constituye un elemento didáctico e informativo para dar a conocer a la comunidad en general lo enunciado en la circular 3-2024-000278 emitida por el SENA el día 27/11/2024 hora: 12:25:43 p. m. 



1. Base Normativa y Marco Regulatorio: 

Fundamento legal: La contratación se realiza según los artículos 9 (numeral 17) y 22 (numeral 14) del Decreto 249 de 2004. 

Banco de Instructores: Único medio habilitado para la contratación, conformado de acuerdo con la Circular No. 3-2023-000212 (3 de noviembre de 2023) se resalta que el banco de instructores es un repositorio de hojas de vida y no un concurso de méritos artículos 9 (numeral 17) y 22 (numeral 14) del Decreto 249 de 2004.  



2. Actualización y Uso del Banco de Instructores: 

Inscripción permanente: Las personas interesadas pueden registrarse de forma continua en el Banco de Instructores mediante la Agencia Pública de Empleo (APE). https://www.sena.edu.co/es-co/comunidades/instructores/Paginas/Banco_Instructores_2023.aspx  

Perfiles actuales: Los Centros de Formación utilizarán las hojas de vida registradas en el Banco para suplir necesidades de contratación 2025. 

Convocatorias específicas: Cuando no sea posible cubrir un perfil requerido para instructor 2025 con hojas de vida existentes en el banco de instructores, se realizará convocatorias específicas, las cuales se publicarán en el aplicativo de la APE – Banco de Instructores en el mes de enero 2025.  



3. Planificación de la Contratación: 

Sin convocatoria nacional: En diciembre de 2024 no habrá convocatoria nacional. Las necesidades serán gestionadas a través de publicaciones específicas por los Centros de Formación a partir de enero de 2025 en el aplicativo APE – Banco de Instructores para necesidades diferentes a las del 2024.  



4. Creación del Comité de Verificación en los Centros de Formación: 

Integrantes del comité: 

Subdirector de Centro o su representante. 

Un Coordinador Académico. 

Un Instructor de planta del Centro. 

 

 Casos especiales: 

Para programas de la estrategia CampeSENA, reemplazar al Instructor de planta por un profesional designado por el comité articulador CampeSENA. 

Para programas de la Economía Popular, sustituir al Instructor de planta por un integrante profesional de la Escuela Nacional de Instructores (ENI). 

Veeduría: Un representante de entre los representantes de los aprendices puede ser designado para realizar veeduría al proceso. 

Acompañamiento adicional: La Dirección General podrá designar un representante con voz, pero sin voto, para procesos específicos. 

 


5. Procedimiento para la Contratación: 

Determinación de necesidades: 

Cada Centro de Formación evalúa sus requerimientos de acuerdo con los programas y oferta académica establecidos en la planeación indicativa 2025.  

Publicación de perfiles: 

Si los perfiles requeridos 2025 son iguales a los perfiles requeridos 2024 estos no requieren publicación por ende no habrá convocatoria especifica en el mes de diciembre de este año   y la selección del instructor trazará por la verificación del comité del estado cumple de los postulados en las vacantes 2024   o en las hojas de vida dispuestas en el Banco.  

Los instructores con protección constitucional deben radicar ante la subdirección o servicioalciudadano@sena.edu.co plazo máximo 9 de diciembre la solicitud para ser analizadas por el ordenador del gasto, siempre y cuando la necesidad este en el centro de formación, debe cumplir con los requisitos de ley y la única que es determinante es la mujer en estado de embarazo. 

 

Los perfiles requeridos diferentes a los publicados en el 2024 se publican en el aplicativo de la APE – Banco de Instructores, detallando las características y competencias específicas en enero e 2025.  

Revisión de hojas de vida: 

El Comité de Verificación analiza y valida las hojas de vida registradas en el Banco de Instructores, para las vacantes iguales a 2024 las que están actualmente en banco en el mes de diciembre y para las nuevas vacantes publicadas en el mes de enero de 2025  en la convocatoria especifica, las HV registradas a partir del  27 de noviembre de 2024 de acuerdo con lo estipulado en la circular entran en las postulaciones de la convocatoria especifica del mes de enero publicada mediante Banco de Instructores.   

 

Verificación de idoneidad: 

La ley de contratación indica que esta la da el gerente público u ordenador del gasto este tomará como insumo las actas de verificación de hojas de vida analizadas y validadas de acuerdo con el perfil por parte del comité 

 

Selección del candidato: 

Una vez seleccionado el candidato, se procede con los trámites administrativos para la firma del contrato de prestación de servicios. 



6. Resolución de Dudas y Reclamaciones: 

Consultas sobre   lo dispuesto en la circular de contratación: Resueltas por la Dirección de Formación Profesional, la Secretaría General y la Dirección de Empleo y Trabajo. 

Reclamaciones técnicas del aplicativo APE: Atendidas por la APE. 

Peticiones o quejas: Analizadas y respondidas por cada Centro de Formación a través del comité de verificación. 



7. Seguimiento y Ajustes: 

Revisión periódica: Las necesidades y perfiles se revisan constantemente para garantizar el cumplimiento del procedimiento. 

Lineamientos adicionales: Emitidos por las instancias competentes en caso de vacíos o interpretaciones no previstas. 

Con este procedimiento, el SENA asegura la transparencia y efectividad en la contratación de instructores, priorizando la calidad de la formación profesional integral.